Comienzo de la personalidad de las personas naturales

La teoría de la concepción del Derecho canónico del medioevo expone que la vida se hace independiente en el momento de que el espermatozoide fecunda al óvulo.

Comienzo de la personalidad de las personas naturales

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      B  Y      ERMO QUISBERT


QUISBERT, Ermo, Comienzo de la personalidad de las personas naturales, La Paz, Bolivia: CED® Centro de Estudios de Derecho, 2010.
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¿Cual es la condición jurídica del ser por nacer? Como no es persona se lo llama naciturus, que se descompone en el conceptus (el concebido para ser por nacer) y el concepturus (el que será concebido).

Situación del ser por nacer o Conceptus

El conceptus o ser por nacer es el fruto de la fecundación que abarca desde la concepción en el útero hasta el desprendimiento integro del cuerpo de la madre.

No es persona, pero es una vida independiente y el Derecho tienen que protegerlo. Es un ser que no puede constituirse en objeto de una relación jurídica, sólo por excepción en la inseminación artificial.

Situación del que será concebido o Concepturus

El que será concebido o concepturus es sólo una idea no una realidad. El CC alemán nos habla como una novedad. Al concepturus por una excepción se le admite algún derecho subjetivo, siempre y cuando emerjan de:

  • Actos intervivos, especialmente de donaciones. Por ejemplo donar algo para el primer hijo de mi hijo.
  • Actos mortis causa, sucesión testamentaria. ”Los hijos, aun no estando concebidos, de una determinada persona que vive al morir el testador, pueden ser instruidos sucesores” (CC, 1008, III).
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Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

QUISBERT, Ermo, "Comienzo de la personalidad de las personas naturales", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/02/compers.html Consulta:

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