Derecho La Intimidad O Vida Privada

Derecho La Intimidad O Vida Privada

 by   JORGE MACHICADO

UD. está aquí:    Derechos de la Personalidad I    >   Derechos de la Personalidad II    >   Derecho La Intimidad O Vida Privada

DERECHO LA INTIMIDAD o VIDA PRIVADA. El derecho a la intimidad o vida privada tiene su origen en el “common law” (Derecho elaborado jurisprudencialmente, en contraposición al de origen legislativo).

La vida privada es el comportamiento del individuo en su hogar o con respecto a personas de su trato íntimo.

El derecho a la intimidad o vida privada es la facultad que la ley le reconoce a una persona para que su vida íntima sea respetada y que sus actos no sean objeto de observación a efectos de que nadie pueda entrometerse en la existencia ajena publicando retratos, divulgando secretos, difundiendo correspondencia, mortificando a otro en sus costumbres y perturbando de cualquier otro modo su intimidad.

Los demás no deben inmiscuirse en la vida de las personas.

Quien infringiese esa norma, aun no mediando dolo ni culpa, incurriría en responsabilidad civil y estaría obligado a resarcir el daño causado.

Artículo 18°.- DERECHO A LA INTIMIDAD. Nadie puede perturbar ni divulgar la vida íntima de una persona. Se tendrá en cuenta la condición de ella. Se salva los casos previstos por la ley.” (CC: 18)

Para algunos los personajes públicos no tienen derecho a la intimidad porque una persona pública no puede llevar dos formas de comportamiento. Parecería que el código civil boliviano aceptara esta última tesis.

Pero R.Villegas (México) dice que por mucho que sea una persona publica, tiene derecho a la intimidad. A nosotros sólo nos debe interesar el estado civil, el estado económico y sus actos públicos. La curiosidad no puede degradar un derecho.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MACHICADO, J.,"Derecho La Intimidad O Vida Privada", Apuntes Juridicos™, http://jorgemachicado.blogspot.com/2013/01/dvp.html Consulta:

No hay comentarios.:

Publicar un comentario